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Existen familias que, por su estilo de vida, trabajo, etc, pasan gran parte del tiempo viajando.

También hay niños y niñas que, por su profesión, artistas, deportistas, etc, deben viajar mucho.

En España, la educación es obligatoria de los 6 a los 16 años.

 

 

Para niños de estas edades, ¿Qué manera tienen los padres de educar a sus hijos?

En nuestro país existe el CIDEAD, o Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia.

Puedes ver el Proyecto Educativo del Centro pinchando aquí pec-sept-2021.pdf (educacionyfp.gob.es).

Está dirigido a  proporcionar atención educativa para los niveles de educación primaria, secundaria obligatoria, para adultos, bachillerato y estudios de formación profesional a los ciudadanos españoles en el exterior y a aquellas personas que, aun residiendo en territorio nacional, se ven imposibilitadas para recibir enseñanza a través del régimen ordinario. También proporciona  enseñanza de idiomas, enseñanzas artísticas.

Los niños y niñas de primero y segundo de primaria hacen sus exámenes en casa. El resto acude solo en el mes de junio, a realizar sus exámenes en el lugar que haya solicitado.

Puedes acceder a más información pinchando en estos dos enlaces, que te dejo:

Primaria – CIDEAD Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia | Ministerio de Educación y Formación Profesional (educacionyfp.gob.es)

Secundaria – CIDEAD Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia | Ministerio de Educación y Formación Profesional (educacionyfp.gob.es)

Los exámenes son convocados por la Embajada de España en el  lugar de residencia, con indicación del lugar de examen, instrucciones de realización y calendario.

Se puede apuntar a los niños al centro extranjero del lugar donde se viva y simultanear estos estudios con la modalidad de estudios flexibles. Lo suelen utilizar  aquellas familias que, pese a seguir  el sistema de estudios del lugar de residencia  desean mantener contacto con los estudios españoles, por si se produjera un potencial reingreso en el sistema español.

Se exige, por tanto, para acceder a esta modalidad flexible, residir en el exterior de España y estar escolarizado en un centro educativo del país de residencia


Con estos estudios se cursa solo algunas materias del currículum oficial, sin carecer de validez oficial y sin posibilidad de obtener certificación académica ni documentos de evaluación.  Sin embargo si podrán acceder a un tutor o tutora, usarán los mismos materiales didácticos y realizarán las mismas actividades y tareas, con excepción de las pruebas presenciales

 

Además del modelo oficial, reglado y obligatorio, se puede ofrecer a los niños otros modelos distintos, que en España se integran todos bajo el nombre de Homeschooling,  siendo los practicantes de dichos métodos Homeschoolers, si bien en países anglosajones, hay una clara diferenciación entre personas que practican esto, y las que practican el Unschooling.

Este último es un término acuñado por el educador John Holt, quien creía que los niños deberían ser libres de aprender naturalmente, siguiendo sus intereses, no obligados por los dictados de un currículo escolar. Según él la desescolarización devuelve la autoridad para elegir un camino educativo al estudiante en cooperación con los padres. Además proporciona la base para que sus hijos prosperen porque pueden seguir su corazón y crear una vida satisfactoria y feliz para sí mismos.

Si quieres leer más sobre estos métodos de educación, puedes consultar las siguientes webs:

  1. John Holt’s Growing Without Schooling at http://www.johnholtgws.com
  2. Muddy Smiles at https://muddysmiles.com/unschooling-evidence/
  3. Homeschooling Why and How at http://www.homeschoolingwhyandhow.com

 

En España los homeschoolers practican diversos métodos educativos: desde usar el currículum oficial o similar para educar en casa, a llevar a los niños a academias y centros privados no homologados por el Ministerio de Educación, por considerar que reciben una educación más acorde a sus valores y creencias; hasta los que optan porque los niños vayan aprendiendo de una forma totalmente libre y autónoma, o bien proporcionando acompañamiento puntual a demanda de los mismos, según sus necesidades de aprendizaje. En este último caso se parte de la idea de que los niños y niñas deben tener la necesidad de aprender algo para realmente integrarlo en sus conocimientos.

Existen además, escuelas paraguas, como la  West River Academy, que es de nacionalidad Californiana.

Su inscripción con ellos  permite educar en el hogar bajo el paraguas de una escuela privada. Puedes ver su web pinchando aquí: https://www.westriveracademy.com/

Como bien dicen ellos en su web:

“No hay nada en ninguna ley estatal que le prohíba inscribirse en West River Academy. Sin embargo, no todos los estados aceptarán su inscripción como un medio para evitar sus requisitos para los educadores en el hogar. Eso significa que es posible que aún tenga que obtener el permiso del superintendente de la escuela y presentar informes periódicos, hacerse la prueba o evaluarse, etc.

Si este es el caso en su estado, el principal beneficio de inscribirse en West River Academy es obtener un diploma de escuela secundaria y una traducción, lo que puede ser muy valioso al solicitar empleo o ingresar a la universidad. Aplicarías a la universidad como estudiante de una escuela privada y evitarías el tedioso proceso de postularte como educador en el hogar y tener que probar todo lo que aprendiste.”

 

En numerosas universidades privadas y públicas de los Estados Unidos, Canadá, Reino Unido, México, Colombia, Ecuador, Chile y Argentina admiten la titulación privada de la West River como acceso a ellas.

 

Como ya expuse en mi artículo Jurismedia Abogados Madrid – EDUCAR EN CASA. HOMESCHOOLING. EDUCACION LIBRE. la Constitución Española no prohíbe estas formas alternativas de educar. Simplemente no están reguladas mediante leyes orgánicas, por lo que las familias que optan por ellas pueden verse envueltas en expedientes de absentismo escolar, abiertos a petición del Centro Escolar en el que el menor cursaba sus estudios.

Cuestión distinta es la tramitación que se le dé a esos expedientes, posibilidades de defensa administrativa y legal de las familias, etc, de lo que hablaré en un post diferente que publicaré estas próximas semanas.

 

 

Mónica Pinedo Santamaría.

Abogada. Directora de Jurismedia Abogados. Coach de resolución de conflictos.

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