La inversión en justicia gratuita lleva disminuyendo en España desde 2010. En 2013, a pesar de los aumentos de los umbrales económicos (supuestamente, pues hay colectivos que salen desfavorecidos aplicándoseles unos umbrales inferiores, como son las personas solteras sin hijos) y a pesar de los nuevos colectivos incorporados sin exigencia de requisitos económicos (víctimas de violencia de género, terrorismo y trata de seres humanos, menores de edad y discapacitados o enfermos mentales cuando sean víctimas de abusos y maltrato, algunas asociaciones, accidentados que acrediten secuelas permanentes y sindicatos), el gasto ha sido un 4% inferior al del 2012 con un descenso superior al 16% desde el 2009. Sin embargo la Justicia Gratuita no es nada cara, le cuesta a las Administraciones Públicas menos de 5 euros al año por ciudadano.
Estas disminuciones lo han sido a costa de los abogados de oficio, a quienes aparte de no subírseles los baremos desde el año 2003 en comunidades como en Madrid, se les ha venido recortando las cuantías que perciben, siendo que en esta comunidad autónoma se ha recortado un 20% dichas cuantías y en Valencia un 40%. Ello sumado a los retrasos en su abono, que en algunas comunidades como Andalucía y Valencia llegan al año.
Este panorama ha obligado a muchos Colegios a acudir a mecanismos financieros para permitir el cobro de los colegiados, como son el sistema de confirming, que permite que el abogado cobre al finalizar el trimestre, mucho antes del abono por parte de la comunidad, pero pagando intereses al banco que financia. Es decir pagando (de su ya de por sí escasa indemnización) al banco por cobrar en un plazo más que razonable. Y todo ello sin que en ningún momento la Administración haya abonado interés alguno por estos retrasos.
El Proyecto de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita no hace más que agravar dicha situación, pues no garantiza el cobro de los abogados cuando al justiciable le denieguen o le revoquen el beneficio de justicia gratuita, obligando a que sean los mismos profesionales quienes asuman el coste del servicio.
Es decir, que se les obliga a trabajar gratis, no estando previsto en la ley mecanismos de desistimiento del abogado en caso de que al justiciable no le concedan el beneficio de justicia gratuita. Esta situación es especialmente grave en causas penales, en las que es obligatoria la defensa letrada desde el primer momento, pudiendo constituir un delito la no asunción de la misma.
Pese a haber asegurado el Gobierno que lo recaudado con la imposición de tasas iba a ir destinado a mejorar la Justicia Gratuita, ello no ha sido así, ni siquiera se ha destinado a la mejora de la Justicia en General.
En la Ley de 1996 se hablaba de una “retribución digna” para el abogado de oficio, siendo eliminada dicha intencionalidad del proyecto de Ley actual, lo que pone de manifiesto la abierta motivación del legislador de degradar aún más la labor de estos abogados.
El texto, en definitiva, no garantiza la financiación pública suficiente para mantener el sistema de Justicia Gratuita.
Los abogados que desempeñan este Servicio no son jóvenes ni inexpertos: el 39% de ellos tiene más de 45 años, sólo el 14% es menor de 35 años y el 65% lo lleva haciendo de forma continuada desde hace más de 20 años.
La media de edad de estos profesionales es de 41 años y la de antigüedad en la profesión de 13,5 años. Se les exige además para el alta en el turno, un mínimo de 3 años de antigüedad en la profesión, además de la realización de cursos especiales según la materia en la que se apunten. Para algunos turnos, como el de constitucional se exigen 10 años de ejercicio profesional y el correspondiente curso de especialización.
La labor de la gran mayoría de los abogados que ejercen en el turno de oficio lo hacen por vocación, habiendo tenido que soportar como se degrada su profesión y percibiendo unos salarios que distan mucho de ser “dignos”.
Pese a ello han conseguido gracias a su labor y a la lucha de muchas asociaciones que les representan, el mantenimiento de dicho servicio y su eficiencia, recayendo muchas veces sobre los propios colegiados a través de sus cuotas la pervivencia de servicios como el de orientación jurídica.
El número de quejas dadas contra la justicia en el año 2013, según la Memoria del Defensor del Pueblo, constituye el tercer capítulo más importante, correspondiendo únicamente 65 de ellas a la Justicia Gratuita.
Si el abogado de oficio se pierde, se perderá uno de los más importantes pilares de nuestro estado de derecho, y no sabemos quién o qué ejercerá sus funciones. Lo que sí podemos apostar es que no se hará con la misma calidad, entrega y dedicación que estos profesionales han demostrado durante tantos años.
Por ello, ya seas abogado del turno o no lo seas, ya seas justiciable con derecho a justicia gratuita o no lo seas, te animamos a que participes en nuestra lucha, porque podrás contribuir a que la ciudadanía más débil económicamente de nuestro país continúe teniendo acceso a nuestros Tribunales con una defensa y representación de calidad.
Para más información: www.altodo.org; www.icam.es; www.abogacia.es
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Monica Pinedo Santamaría, Abogada Jurismedia