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“Sólo el ejercicio general del derecho libra a los pueblos del dominio de los ambiciosos”

 

 

Ganado pleito contra un banco que reclamó a un cliente de Jurismedia Abogados supuestos impagos en contrato de tarjeta de crédito.

El Juzgado de primera instancia nº 1 de Alcalá de Henares condenó al cliente de Jurismedia Abogados a pagar a la entidad bancaria la cantidad de 13.647,12 euros  más los intereses resultantes de aplicar a los mismos el interés legal del dinero vigente en el momento de la firma del contrato,  tras declarar que los  intereses de demora impuestos en el contrato eran abusivos (24,60 % TAE anual), según se probó por esta defensa en el procedimiento ordinario correspondiente.

 Contenido:

Se aprecia una asimetría entre la cuenta de la tarjeta y la cuenta de domiciliación que hace poner en duda la realidad de la deuda, pues de la documental aportada no se ve con claridad la correlación entre disposiciones y amortizaciones. Y la declaración genérica de una empleada de banca no puede sustituir al contraste técnico de los datos emanados de la contabilidad del propio banco, que hubiera emanado de un pericial contable o similar.

Por virtud de lo dispuesto en el artículo 217 LEC sobre la carga de la prueba, al Banco demandante le correspondía acreditar, no ya la historia general de los movimientos de la tarjeta como parecen reflejar los extractos, sino la correlación exacta entre disposiciones de dinero (por el demandado) y cargos en la cuenta de domiciliación (por el Banco) que explicara la veracidad del saldo deudor reclamado. Pero la documental aportada no arroja luz en ese sentido.

Por otro lado, tampoco es explicable que una relación contractual normal entre cliente y Banco -de existir un saldo deudor, como aquí sucede, que se va incrementando sucesivamente sin amortización alguna, – no se comunique al cliente la situación o no se le plantee la cancelación de la tarjeta en vistas a evitar un incremento preocupante de la deuda.

Por ello hay que entender, con el apelante, que la juzgadora de instancia no valoró correctamente la prueba, debiendo ser estimado el primer motivo de recurso.

Resultado: se estima el recurso de apelación interpuesto por la Letrada, revocándose la Sentencia de instancia absolviendo al demandado del pago de la cantidad reclamada por Banco Santander, con imposición de las costas procesales de la primera instancia a dicha entidad.

MATERIA: CIVIL/BANCARIO/CONTRATO DE TARJETA DE CREDITO

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID.

PROCEDIMIENTO: RECURSO DE APELACION. PROCEDIMIENTO ORDINARIO RECLAMACION DE CANTIDAD.

 SENTENCIA DE 25 DE JULIO DE 2013.

PARTE CONTRARIA: BANCO DE SANTANDER.

ABOGADA: MONICA PINEDO SANTAMARIA.

ESPECIALISTA EN DERECHO BANCARIO E HIPOTECARIO. 

 

Para ver el texto completo de la Sentencia pincha aquí. 

 

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Soporte Jurismedia

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