Dación en pago para impedir enriquecimiento injusto del banco en ejecución hipotecaria.
La Sentencia del Pleno del Tribunal Supremo de 13 de enero de 2015, 768/15, abre la puerta a la dación en pago en casos en los que el Banco saque importantes beneficios vendiendo el inmueble que se había adjudicado tras una negociación hipotecaria.
Nos dice la Sentencia que se produce enriquecimiento injusto cuando una entidad obtiene una plusvalía significativa tras la venta de un inmueble, después de haberle sido adjudicado al banco, tras un procedimiento judicial de ejecución hipotecaria.
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