Cliente asistido por extra-limitación fuerza policial. No se debe consentir el maltrato institucional, venga de quien venga. Y se debe denunciar.
Hoy he asistido en el Juzgado de Instrucción número 35 de Madrid a un cliente, al que detuvieron el pasado domingo día 6 de septiembre en la comisaría de Retiro de Madrid.
El chico iba corriendo por el Parque del Retiro, cuando vio a unos policías increpar de malas maneras a una mujer por no llevar la mascarilla en la calle, y no pudo evitar un arranque de ira que le llevó a dirigirse cerca de ellos y a decirles que eran gentuza.
Con solo eso, los policías salieron detrás de él, conminándole a ponerse mascarilla ( que no llevaba pues iba corriendo) y a entregarles su DNI, que tampoco llevaba por el mismo motivo.
Entonces le esposaron y con mucha agresividad verbal y física, y por supuesto, sin atender a sus pedimentos de libertad, alegando que no había cometido ningún delito por el cual pudiera ser detenido, le llevaron a Comisaría, donde pasó 10 horas privado de libertad antes de poder salir.
En el atestado los policías pusieron que mi cliente salió corriendo cuando le dieron el alto, y que incluso les escupió, así como que posteriormente se resistió a la detención. Hechos éstos que él niega rotundamente. Lo único que hizo fue llamarles gentuza, en voz baja, y para sí, porque no pudo contener la indignación al verles increpar a una mujer por la calle por no usar mascarilla.
En el juicio rápido celebrado al día siguiente el fiscal pidió el archivo de la causa penal porque entendió que los hechos que alegaban los policías en el atestado sólo constituían vejaciones o falta de respeto contra los mismos (en el caso de considerarse probados, claro), hechos éstos que han sido destipificados como delitos del código penal. Es decir, que ni siquiera constituían un delito leve. Sin embargo, por estos mismos hechos, que el fiscal de un solo vistazo entendió que eran causa de archivo, los agentes tuvieron privado de libertad a una persona durante 10 horas, pese a que su letrada estaba disponible para asistirle en la declaración al menos 5 horas antes de que le liberaran.
La causa penal se ha archivado, y mi cliente ha quedado tranquilo. Pero la angustia que vivió tanto él como su familia, durante esas 10 horas en las que estuvo privado de libertad, no se lo quita nadie.
Juzguen ustedes si la cosa se está poniendo peligrosa para los ciudadanos que libremente defienden su derecho a correr sin mascarilla por la calle. Supuesto, por otra parte, contemplado entre las exenciones que establece la Ley en la obligatoriedad del uso de la misma.
Fdo. Mónica Pinedo Santamaría
Abogada
Directora de Jurismedia Abogados