Jurismedialogomasterwhite

Los hechos considerados probados fueron:

Nuestro cliente era administrador único de la mercantil XXX. Dicha empresa mercantil y el denunciante, realizaron un contrato de Compraventa/permuta por la que se obligaban  primero a la transmisión de la casa de la propiedad del denunciante a la mercantil y ésta a   edificar en el terreno donde se situaba la casa.

La mercantil XXX, no llegó a solicitar la licencia de construcción de la  finca objeto de la querella, pero  tenía solicitadas otras licencias ante el mismo Ayuntamiento de Coslada, cuya finalidad era llevar a cabo otras edificaciones.  

Contenido: La Audiencia Provincial absolvió a nuestro cliente, basándose en que no ha resultado acreditada la voluntad del mismo de no hacer frente a las obligaciones contraídas por su parte. El incumplimiento de lo pactado en el contrato de compraventa/permuta está justificado por una causa sobrevenida e imprevisible que hace inviable el proyecto de edificación, que exigía la obtención de las correspondientes licencias urbanísticas y de ejecución de obra. Queda pues acreditado que el proyecto era real y que pretendía llevarse a efecto en beneficio de todos los contratantes.

Resultado: Se dicta sentencia absolutoria. Ver sentencia aquí

MATERIA: PENAL/ESTAFA.

SECCIÓN 4ª DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID.

SENTENCIA 285/2016 DE 26 DE JULIO DE 2016.

PROCEDIMIENTO: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 460/2016.

FALLO: ABSOLUCIÓN.

ABOGADA: MÓNICA PINEDO SANTAMARIA. ESPECIALISTA EN DERECHO PENAL.

Publicado por

Soporte Jurismedia

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies