DERECHO DE FAMILIA

Derecho de familia

Una de las mayores bazas de Jurismedia es la gran especialización habida en el campo del Derecho de Familia, gracias a los años de experiencia y continua formación de sus miembros, contando con numerosas sentencias que lo avalan.

En este campo colaboran con nosotros mediadores familiares, psicólogos y trabajadores sociales especializados en la materia.

Así mismo colaboramos con peritos que realizan informes judiciales aptos para ser defendidos en Juicio.

  • Asesoramiento previo al matrimonio o unión de hecho: Capitulaciones Matrimoniales.
  • Separaciones, Divorcios y Nulidades.
  • Custodias compartidas.
  • Modificación de Medidas.
  • Alimentos entre parientes.
  • Medidas paternofiliales.
  • Ejecución de sentencias de familia.
  • Liquidación Económica de Sociedades Conyugales.
  • Ruptura de Parejas de Hecho.
  • Derecho del Menor.
  • Tutela, curatela, Incapacitaciones.
  • Adopción Nacional e Internacional.
  • Reconocimiento y Ejecución de Sentencias Extranjeras. Exequátur.
  • Declaraciones de fallecimiento, ausencia, y otros expedientes de Jurisdicción Voluntaria.
  • Recursos contra Sentencias: Apelación, Casación, Amparo y ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Contamos con letrados/as adscritos al listado de Expertos Contadores Partidores de Madrid y Torrejón de Ardoz.

 

PREGUNTAS Y RESPUESTAS FRECUENTES

  1. ¿Cuándo concluye la sociedad de gananciales?

1.º Cuando se disuelve el matrimonio.

2.º Cuando sea declarado nulo.

3.º Cuando judicialmente se decrete la separación legal de los cónyuges.

4.º Cuando los cónyuges convengan un régimen económico distinto en la forma prevenida en el Código Civil.

  1. ¿En qué momento se puede solicitar la liquidación de los bienes gananciales?

Cuando la sociedad de gananciales haya concluido por uno de los motivos expuestos en la primera pregunta.

  1. ¿Es necesario hacer un Convenio regulador?

No es necesario, pero si es aconsejable para dejar todo más claro y conciso y así evitar futuros problemas. En el supuesto en que no se haga un Convenio, el documento adecuado para realizar la liquidación es la escritura pública de liquidación.

  1. ¿Cómo empezamos a separar los bienes?

Comenzará por la realización de un inventario de activo y pasivo. Esto se puede llevar a acabo de mutuo acuerdo entre los cónyuges o si existen controversias al respecto, por vía judicial.

  1. ¿Para qué sirve exactamente el inventario de Bienes?

Para poder repartir, primero necesitamos saber qué tenemos. Es por ello que necesitamos realizar un inventario que nos muestre la totalidad del patrimonio de la Sociedad de gananciales.

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