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“La mayor felicidad del mayor número es el fundamento de la moralidad y el derecho”

Jeremy Bentham  1748-1832 Pensador inglés

 

Fiador o avalista,  es aquella persona que cumple la obligación del deudor cuando éste la incumple. Es decir, tiene derecho, a que a él no le pidan nada mientras que el deudor posea bienes.  

En otra posición tenemos al deudor solidario, que es la persona que está en igual posición que el deudor principal y por tanto el banco puede elegir cuando se incumple el pago, reclamarle a él primero, si así lo desea. 

¿Cómo un fiador puede convertirse en deudor solidario? Y más escalofriante aún ¿Cómo puede hacerlo sin saberlo?.

Cuatro son los  derechos que el fiador posee y precisamente estos son los culpables de esta trama. Derechos a los que de manera camuflada  renuncia a través de cláusulas abusivas, convirtiéndose de manera automática y sin saberlo en deudor solidario. Estos derechos a los que se refieren son:

  1. Derecho de Beneficio de división.
  2. Derecho de Beneficio de orden.
  3. Derecho de Beneficio de extensión.
  4. Derecho de Beneficio de excusión.

La renuncia impuesta de estos derechos y de cualesquiera derechos que puedan surgir en un futuro, es la artimaña que utilizan los Bancos para que, de manera oculta, ante un incumplimiento del deudor/deudores, la entidad financiera pueda ir contra los bienes más apetitosos.

 

Mónica Pinedo Santamaría. 

Especialista en bancario e hipotecario. 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Soporte Jurismedia

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