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Absuelto un cliente de Jurismedia Abogados que dio positivo en un  un control de alcoholemia.

El control fue  realizado a consecuencia de un accidente de circulación: 0,71 en la primera toma de aire, y 0,59 en la segunda toma, realizada casi una hora después a consecuencia de que el cinemómetro se había quedado sin papel para imprimir el correspondiente ticket.

Los policías  anotan la relación de síntomas de haber ingerido alcohol, ingesta que por otra parte el cliente nunca negó, si bien afirmó que ello no le influía negativamente para la conducción;  no consta cómo se causó el accidente, afirmando el cliente que el choque contra la mediana se debió a una maniobra evasiva para evitar la colisión con otro vehículo que se interpuso en su camino; por último, es el propio cliente quien llama a la policía, que cuando llega al lugar ve los hechos “consumados”, es decir, no presencia el accidente.

Resultado: Se dicta Sentencia absolutoria, en base al principio “in dubio pro reo” y al principio de presunción de inocencia, entendiendo que no se ha acreditado que condujera bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

MATERIA: PENAL/SEGURIDAD VIAL.

JUZGADO DE LO PENAL Nº 30 DE MADRID.

SENTENCIA DE 8 DE FEBRERO DE 2016.

PROCEDIMIENTO: PROCEDIMIENTO ABREVIADO.

ABOGADO: ISIDRO MORENO DE MIGUEL. ESPECIALISTA EN DERECHO PENAL.

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